
Primero: revisa el pagaré original
Antes de enviar requerimientos o presentar una demanda, revisa que tengas el documento original y que sus datos sean legibles. Verifica quién firmó, a favor de quién se expidió, la cantidad, la fecha de vencimiento, el lugar de pago, los intereses pactados y cualquier endoso. Un escaneo ayuda para archivo, pero el original suele ser especialmente relevante cuando se ejercitan derechos derivados del título.
Segundo: reconstruye la historia de pagos
Haz una cronología con la fecha del préstamo u operación, entrega del dinero o contraprestación, vencimiento, pagos parciales y mensajes posteriores. Conserva transferencias, recibos, estados de cuenta y conversaciones. Esto permite identificar cuánto se reclama realmente y evitar exigir cantidades ya pagadas.
¿Conviene requerir el pago antes de demandar?
Una comunicación formal puede ser útil para intentar pago, convenio o calendario, aunque su necesidad jurídica depende del caso. El tono debe ser profesional y no intimidatorio. Es distinto informar que existe una deuda y proponer solución, que realizar amenazas o prácticas de cobranza abusiva.
Negociación y convenio
Si ambas partes quieren evitar litigio, puede documentarse un convenio claro que establezca saldo reconocido, fechas de pago, forma de acreditar abonos y consecuencias del incumplimiento. En Jalisco también existen mecanismos alternativos de solución de controversias; su viabilidad depende de la naturaleza del conflicto y de la voluntad de las partes.
Posible juicio ejecutivo mercantil
Los títulos de crédito pueden dar lugar a vías ejecutivas conforme a la legislación mercantil. En el juicio ejecutivo, el Código de Comercio prevé que, presentada la demanda con título ejecutivo y cumplidos los requisitos, el órgano jurisdiccional puede ordenar requerimiento de pago y, si no se paga, embargo de bienes suficientes. Esa descripción es general: cada expediente requiere revisar competencia, legitimación, monto, plazos y defensas.
No dejes pasar el tiempo
Los derechos cambiarios están sujetos a plazos. La Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito remite para el pagaré a reglas de la letra de cambio, incluidas las relativas a prescripción. No conviene asumir que una deuda “nunca vence” ni esperar hasta el último momento; una revisión temprana permite identificar cuál acción sigue disponible.
Preguntas frecuentes
¿Tengo que avisar antes de demandar?
Depende del título, la relación entre las partes y la estrategia. Un requerimiento previo puede ayudar a negociar, pero no debe confundirse con una regla universal ni con una actuación judicial.
¿Puedo aceptar pagos parciales?
Sí pueden existir pagos parciales. Lo importante es documentarlos, indicar a qué deuda se aplican y conservar recibos para que el saldo posterior sea verificable.
¿Es mejor negociar o demandar?
No existe una respuesta única. La negociación puede ahorrar tiempo y costos cuando hay voluntad real de pago; la vía judicial puede ser necesaria cuando no existe acuerdo o están en riesgo plazos legales.
Checklist práctico
- Localiza el pagaré original.
- Calcula el saldo con pagos acreditados.
- Haz una cronología de vencimiento y comunicaciones.
- Revisa plazos antes de posponer una decisión.
